… la reforma laboral no reduce las modalidades de contratación indefinida?
Al contrario, se crea un nuevo contrato indefinido que podrán utilizar el 95% de las empresas; un contrato de dudosa constitucionalidad.
• Este contrato supone el despido libre, pues podrá extinguirse durante su primer año sin indemnización alguna por la simple voluntad del empresario.
• Además se empeoran las condiciones de otras dos modalidades de contratación:
- Contrato para la formación y el aprendizaje. Se desvincula de la formación del trabajador.
- El contrato a tiempo parcial se modifica para permitir la realización de horas extraordinarias, lo que anima al fraude en la concertación de sus condiciones, y tiene efectos en las cotizaciones y prestaciones sociales.
…. la reforma laboral afecta gravemente a la negociación colectiva?
El Real Decreto aprobado por el Gobierno conduce a los trabajadores a la negociación individual de sus condiciones de trabajo:
• Contempla la inaplicación de los convenios a través del arbitraje obligatorio, pone fin a la ultraactividad de los convenios colectivos a los dos años de la terminación de su vigencia inicial, individualizando las condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras.
• El convenio de empresa, sea cual sea el número de sus trabajadores, se sitúa sin excepción como preferente respecto al convenio sectorial.
“El 19-F las calles tienen que ser un clamor contra la reforma laboral”


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